El Distintivo Igualdad en la Empresa se otorga a empresas que desarrollan medidas que fomenten la igualdad entre mujeres y hombres. El objetivo es reconocer a las organizaciones con un nivel de excelencia en esta materia. Actualmente, la Red DIE está formada por 153 empresas y entidades.
¿Qué es el Distintivo de Igualdad en la Empresa?
El Distintivo de Igualdad en la Empresa es una marca de excelencia que reconoce a las empresas y otras entidades que destacan en el desarrollo de políticas y planes de igualdad en relación con las condiciones de trabajo, en los modelos de organización y otros ámbitos, como los servicios, productos y publicidad de las empresas. El objetivo es premiar y estimular la labor de las empresas y entidades comprometidas con la igualdad.
¿Cómo está regulado?
La Ley Orgánica 3/2007, del 22 de marzo, prevé en su artículo 50 la creación de este distintivo. De ese modo, en el año 2009 se reguló el Distintivo Igualdad en la Empresa a través del Real Decreto 1615/2009, de 26 de octubre.
¿Para qué sirve?
La concesión del distintivo tiene un carácter honorífico y no reporta ningún tipo de beneficio económico. No obstante, la obtención del mismo tiene múltiples ventajas.
Sirve a las empresas para sus relaciones comerciales y la publicidad, como una parte importante de la Responsabilidad Social Corporativa. Además, supone un elemento de valoración positivo en relación con los contratos con la administración pública. Así, de acuerdo a la Ley de Contratos del Sector Público, el artículo 127 señala que los órganos de contratación pueden exigir dicho distintivo a las empresas como requisito “en las prescripciones técnicas, en los criterios de adjudicación o en las condiciones de ejecución del contrato”.
¿Quién puede solicitarlo?
Cualquier entidad o empresa, de capital público o privado, que ejerza su actividad en el territorio español. A estos efectos, el término empresa debe entenderse de acuerdo a lo previsto en el artículo 1.2 de la ley del Estatuto de los Trabajadores. Eso sí, quedan excluidas las Administraciones Públicas, entendiendo por tales las recogidas en el artículo 3,2 de la ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Requisitos
- La empresa en cuestión debe estar inscrita en el correspondiente régimen de la Seguridad Social y, si es necesario, encontrarse formalmente constituida e inscrita en el registro público que corresponda.
- No tener deudas con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social.
- No haber sido sancionada con carácter firme, por infracciones graves o muy graves en materia de igualdad y no discriminación en los dos o tres años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de candidaturas.
- Contar con un compromiso en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en las condiciones de trabajo, la organización y funcionamiento interno de la empresa, así como la Responsabilidad Social Empresarial.
- Haber desarrollado un plan de igualdad o políticas de igualdad con estudios de seguimiento del mismo, al menos un año después de la implantación de las políticas.
- Además, se necesita aportar una memoria de situación y la información salarial de la empresa de acuerdo al Real Decreto de Igualdad Retributiva.
- Asimismo, si la empresa cuenta con un consejo de administración, y no puede formular cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, hay que acreditar una presencia de mujeres igual o superior al porcentaje medio de mujeres en dichos órganos, recogido en los 3 últimos informes anuales de Gobierno Corporativo.
¿Cómo se puede solicitar?
Hay que presentar la candidatura antes del 21 de noviembre a través de la sede electrónica del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.
También se puede pedir más información escribiendo a: distintivoie@inmujer.es o a través de la web igualdadenlaempresa.com donde se encuentra toda la información y documentación necesaria.
Documentación
La documentación a presentar es:
a) en el caso de empresas, el documento de constitución y certificación acreditativa de su inscripción en el registro público correspondiente, estatutos y modificación de los mismos, si es que ha habido.
b) en el caso de autónomos/as, DNI, pasaporte o Tarjeta de Identidad de Extranjero o, en su caso, autorización al Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades, en documento expreso que se adjunte a la candidatura.
- NIF.
- Autorización de la persona que legalmente representa la empresa, para poder acreditar que la entidad está al corriente de pago de las obligaciones con Hacienda y Seguridad Social. Dicha persona también tiene que rellenar una declaración firmada, en la que se indique que la empresa no ha sido sancionada en materia de igualdad de oportunidades y no discriminación en los últimos 2 o 3 años.
- El Plan de Igualdad aplicado en la empresa.
- Indicar además que la empresa ha transmitido a su plantilla su compromiso en materia de igualdad de oportunidades de mujeres y hombres, así como la publicidad que se haya hecho, de dicho compromiso, fuera de la empresa.
- El balance de situación que sirvió como base para definir el Plan de Igualdad. Se debe incluir también el balance o informe sobre las medidas o planes de igualdad que se hayan implantado en la empresa.
- En el caso de empresas con consejo de administración que no puedan formular cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, tienen además que acreditar que, en el consejo, la presencia de mujeres es igual o superior al 17% del total.
- Si ya tuvieras algún otro distintivo parecido, entregado por otra administración pública, aporta una copia del documento que lo acredite.
El Ministerio tiene un plazo máximo de seis meses, a contar desde la fecha de finalización de recepción de candidaturas, para evaluar la candidatura.
Si finalmente la empresa en cuestión consigue el sello, se hará entrega de él en un acto público con publicidad.
¿Cómo se valoran las candidaturas?
La valoración de las candidaturas se centra en aspectos cuantitativos y cualitativos, relacionados con el rigor de los planes y políticas de igualdad. El órgano competente es el Ministerio de Igualdad.
Asimismo, la valoración de las candidaturas de las pequeñas y medianas empresas se realiza teniendo en cuenta sus especificidades y características. De tal modo que se harán de modo separado de las grandes.
Con todo ello, las empresas reciben una puntuación, se hace una nota de corte y se presenta la propuesta de concesión.
¿Cuál es la vigencia?
El distintivo se convoca anualmente desde 2010. Tiene una vigencia de tres años. En cada anualidad, el Instituto de la Mujer solicita a las entidades distinguidas un informe de seguimiento de las medidas llevadas a cabo en materia de igualdad. La finalidad es mantener el nivel de exigencia. En el tercer año, se puede pedir una prórroga por otros tres años. Son las empresas distinguidas las que tienen la facultad de solicitarlo.
RED DIE
Las empresas que tienen esta distinción integran la RED DIE. Esta red surge en 2010, a iniciativa del Instituto de la mujer, desde la necesidad de crear un espacio de reflexión y participación entre todas las empresas que disponen del DIE. Consta de foros de participación y grupos temáticos, así como de jornadas de intercambio de experiencias. De ese modo, las organizaciones se alimentan e interactúan entre sí para intercambiar conocimientos, buenas prácticas y desarrollan herramientas de futuro. El trabajo de las empresas en estos foros de intercambio es privado, pero el contenido es público. En este sentido, otras empresas que no forman parte de la red pueden acceder a esa información y recoger ideas. Así, se hacen publicaciones temáticas con estudios y guías de esa información.
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Jéssica Murillo, experta en igualdad e intervención en violencia de género