Durante los días 7 y 8 de octubre Concilia2 ha impartido el curso de «Conciliación y corresponsabilidad» a más de 20 trabajadores y trabajadoras de Cruz Roja de Álava. Como viene siendo habitual en estos tiempos hemos utilizado la plataforma Teams.
El curso ha servido para profundizar en el concepto de conciliación, en el de corresponsabilidad y la relación entre estos. También hemos reflexionado sobre la aplicación, o no, de la perspectiva de género a ambos conceptos.
Temas abordados
De los contenidos teóricos de la formación, los ejercicios resueltos y las enriquecedoras aportaciones del alumnado podríamos concluir que resulta necesario seguir avanzando en la legislación estatal que regula los derechos de conciliación y además, aplicar la perspectiva de género. Para ello, es imprescindible y urgente, regular todos los derechos relacionados con la maternidad y paternidad como derechos individuales y no transferibles. Se ha avanzado mucho en la última década, hay que continuar con esa tendencia.
Por otro lado, los nuevos modelos de familia ¾ por ejemplo, las surgidas por segundos o terceros matrimonios, las formadas por
progenitores del mismo sexo, familias con un sólo progenitor¾ derivan en nuevas necesidades de conciliación no siempre tenidas en cuenta por las normas actuales. En este sentido convenios colectivos como el de Cruz Roja Álava que equipara las Parejas de Hecho al matrimonio a efectos del disfrute de los permisos por cuidado de familiares, es una buena práctica a tener en cuenta.
Es necesario indagar en profundidad en las necesidades de quienes tienen hijos por métodos diferentes a la maternidad/paternidad biológica; también las necesidades de las mujeres trabajadoras que se someten a técnicas de fecundación in vitro, y/o tratamientos de fertilización, que son cada vez más.
Si nuestra regulación de los derechos de conciliación de la vida laboral y familiar, especialmente para atender a las demandas de cuidados de las personas que componen la familia (fallecimiento, hospitalización, intervención quirúrgica, etc.); no ha tenido tanto en cuenta las necesidades de conciliación de la vida laboral y personal (permiso por traslado, por deber público e inexcusable y poco más). En este marco social hay personas y movimientos sociales que reclaman más derechos para la vida personal. Aquí ocupan un lugar destacado los derechos a cuidar de nuestras mascotas. Habrá que prestar atención a lo que ocurre en un futuro.
Corresponsabilidad en el hogar
La corresponsabilidad en el hogar es otro asunto bien diferente. Por un lado, difícilmente se va a lograr la corresponsabilidad en el hogar cuando no existen derechos de conciliación iguales e intransferibles más allá del hecho biológico de la gestación. Existen muchas dudas y reticencias, por ejemplo, a reconocer a los padres el permiso por exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto. ¿Es que el padre no tiene derechos hasta el momento del parto? ¿no puede recibir otra información sobre el desarrollo de la gestación que la que le proporciona la madre?
Hay mucho que tratar sobre las formas de reparto de las tareas en el ámbito del hogar, especialmente cuando en dicho reparto todavía no se tienen en cuenta la mayor parte de los datos. Sabemos que hay que hacer la compra de alimentos, pero no se habla de hacer la lista de la compra, diseñar los menús, ir al supermercado, meter la compra en el coche (o carrito de la compra), descargar del coche y distribuirlos en casa en el lugar adecuado o realizar los paquetitos de congelación, acordarse de descongelar los alimentos, prepararlos en las cantidades adecuadas y teniendo en cuenta las necesidades alimentarias y preferencias de cada miembro de la familia … Es necesario compartir la carga mental oculta de las mujeres. El psicólogo, Alberto Soler, lo explica muy bien en su videos.
Buenas prácticas
Por último, es muy importante destacar las buenas prácticas de muchas empresas como Cruz Roja Álava que van más allá de lo que regula la ley y tienen en cuenta las necesidades individuales del personal: la consideración de la asistencia o acompañamiento de familiares a consultas médicas como un deber personas es un muy buen ejemplo.
Son muchas las medidas que las empresas pueden poner en marcha para facilitar la conciliación corresponsable de su plantilla: jornada flexible, jornada concentrada, bolsa de horas, jornada continua, salas de lactancia, teletrabajo, permisos de ausencia retribuidos o no, etc. Muchas ya lo han hecho, si quieres un Plan de Conciliación para tu empresa, Concilia2 te puede ayudar. Las ventajas son innumerables: plantilla más comprometida y con mayor calidad de vida, personas que valoran inmejorablemente a su empresa y por tanto más productiva. La empresa retiene el talento y el talento encuentra un lugar en el que desarrollarse ¿se puede pedir más? ¡Apuesta por la conciliación corresponsable!
No podemos dejar de comentar la relación que también tienen la conciliación y la corresponsabilidad con la igualdad de oportunidades y, especialmente, con la presencia de las mujeres en los puestos de toma de decisiones. Los motivos son fáciles de señalar: si las mujeres son las que tradicionalmente se han encargado de las tareas de cuidado del hogar y las personas no se las puede dejar fuera a la hora de tomar decisiones sobre la conciliación y la corresponsabilidad, bien en el ámbito de la regulación de los derechos en el ámbito estatal o en la negociación de empresa. Por otro lado, las empresas más competitivas, las que generan mayores beneficios son las que tienen los mejores profesionales. Muchas mujeres lo son. Ni las empresas ni la sociedad pueden prescindir del talento de la mitad de la población porque se encuentren sacando la ropa de la lavadora.