Para poder combatir la discriminación por género en el ámbito laboral, primero debemos conocer cuál es la diferencia entre discriminación directa e indirecta, pues a veces, esta discriminación, se da de manera inconsciente. En este artículo os enseñaremos a identificar las causas y a aprender a tomar medidas para conseguir la igualdad entre mujeres y hombres.
¿Qué es la discriminación directa por razón de sexo?
Según la Organización Internacional del Trabajo, la discriminación laboral comprende cualquier distinción, exclusión o preferencia basada en motivos de raza, color, sexo, religión, opinión política, ascendencia nacional u origen social que tenga por efecto anular o alterar la igualdad de oportunidades o de trato en el empleo y la ocupación (incluyen tanto el acceso a los medios de formación profesional y la admisión en el empleo y en las diversas ocupaciones, como también las condiciones de trabajo).
Teniendo esto en consideración, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, define la discriminación directa por razón de sexo como aquella situación en la que se encuentra una persona que sea, haya sido o pudiera ser tratada, en función de su sexo, de manera menos favorable que otra en situación comparable.
La discriminación directa por razón de sexo es fácilmente reconocible: sucede cuando se trata a mujeres y hombres de forma diferente, desfavoreciendo a las mujeres, cuando podrían y deberían, darles igualdad de trato. Este tipo de discriminación suele tener base en los estereotipos de género.
Ejemplos de discriminación directa por razón de sexo
Desde la ley se establece que son acciones de discriminación directa por razón de sexo:
- Todo trato desfavorable motivado por el embarazo o la maternidad.
- El acoso sexual y el acoso por razón de sexo.
- Las represalias como consecuencia de presentar una queja, reclamación, denuncia, demanda o recurso motivados por una situación de discriminación de sexo.
- No dar cabida a las oportunidades de ascenso o promoción interna a las trabajadoras.
- Las diferencias salariales entre hombres y mujeres para puestos iguales o de igual valor sin causa justificada.
Discriminación por embarazo y maternidad
La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, define la discriminación por embarazo o maternidad como una discriminación directa por razón de sexo.
Muchas mujeres se ven discriminadas en el embarazo y la maternidad respecto a su situación laboral, ya que son momentos en los que pueden producir despidos improcedentes o la no renovación del contrato como forma encubierta de despido.
¿Qué es la discriminación indirecta por razón de sexo?
La discriminación directa está prohibida, por lo que surgen formas de discriminación por sexo encubiertas entre las prácticas habituales de las empresas: es la denominada discriminación indirecta.
Se considera discriminación indirecta por razón de sexo la situación en la que un criterio o práctica, aparentemente neutros, pone a personas de un sexo en desventaja particular con respecto a personas del otro sexo, salvo que puedan justificarse objetivamente en atención a una finalidad legítima y que los medios para alcanzar dicha finalidad sean necesarios y adecuados.
Es decir, la discriminación indirecta por razón de sexo es una norma, aparentemente neutra, cuyo resultado es discriminatorio o provoca una desventaja para un sexo y que no está justificada ni es legítima.
Este tipo de discriminación es más difícil de identificar y probar. Para detectar la discriminación indirecta es necesario analizar, por una parte, las leyes y normativas, pero, principalmente, el efecto discriminatorio que causan las malas prácticas en las empresas.
Ejemplos de discriminación indirecta por razón de sexo
Algunos ejemplos de discriminación indirecta por razón de sexo serían:
- Un trato diferente a la hora de disfrutar de los derechos de conciliación familiar y laboral
- Poner como requisito para la obtención de un puesto de trabajo una determinada cualidad física que predomine en uno u otro sexo (fuerza, estatura mínima..) sin que dicha cualidad sea necesaria para desempeñar el trabajo
Discriminación interseccional o múltiple
La discriminación múltiple, también llamada interseccional, se refiere a aquella que sucede por dos o más razones que se interrelacionan. La discriminación múltiple hacia las mujeres se comete cuando, al hecho de ser mujer, se le añade una característica de vulnerabilidad social, como puede ser la diversidad funcional, el hecho de ser migrante, la raza, la etnia, etc.
Qué hacer para no discriminar por razón de sexo
Lo primero que se debe hacer para no caer en ningún tipo de discriminación, ya sea directa o indirecta, es evaluar estas situaciones aplicando la perspectiva de género.
Aplicar la perspectiva de género en la definición de las políticas de empresa, manuales de contratación y promoción, protocolos de conciliación, etc. ayudará a prevenir situaciones que acaben derivando en discriminación.
Así mismo, para acabar con la discriminación directa e indirecta es necesario que se pongan en marcha medidas y acciones, que podrán estar recogidas dentro de un Plan de Igualdad, encaminadas a eliminar las discriminaciones que pueda haber y evitar que vuelvan a ocurrir. Es primordial, que para ello, la dirección, gerencia, responsables de RR.HH. y la plantilla en general, esté formada en sensibilización en igualdad y aplicación de la perspectiva de género.