Elaboración e implantación de planes de igualdad

 

Más de 14 años luchando por una igualdad real y efectiva

Plan de Igualdad para Empresas

Cumple con la legislación vigente y opta a contratación pública

¿Qué es un plan de igualdad?

Un plan de igualdad tiene como finalidad eliminar cualquier tipo de desigualdad o discriminación que pueda darse en una organización por razón de sexo e integrar la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres. El Plan de Igualdad debe propiciar la eliminación de los desequilibrios y desigualdad de mujeres y hombres.

Beneficios de incorporar un plan de igualdad

Cumplir con la legislación vigente

Prioridad de adjudicación de contratos públicos y subvenciones

Aumento de la reputación de la empresa

Reducción del absentismo y rotación de la plantilla

Mejora del clima laboral

Aumento de la productividad

¡Pide información sin compromiso! 

    ¿Qué empresas están obligadas a implantar un Plan de Igualdad?

    Con el Real Decreto-Ley 6/2019, de 1 de marzo, se obliga a que las empresas con una plantilla superior a 50 personas trabajadoras, diseñen e implementen un plan de igualdad en el plazo de 1, 2 o 3 años en función del volumen de su plantilla.

    Además, el pasado 14 de octubre se aprobaron el RD 901/2020 de Planes de Igualdad y su registro y el RD 902/2020 de Igualdad Retributiva, con objeto de mejorar su eficacia y clarificando algunos aspectos que, hasta la fecha, no venían regulados.

    Con esta nueva normativa se contemplan los contenidos, materias, datos y criterios específicos a incluir en los diagnósticos y planes de igualdad, el contenido de las auditorias salariales, plazos de negociación, cómputo de personas trabajadores para determinar la obligatoriedad, lo relativo a la constitución de la comisión negociadora, su registro, etc.

    Así, los planes de igualdad aprobados con anterioridad tendrán que actualizarse desde la entrada en vigor de esta norma, en el plazo de 12 meses atendiendo a un diagnóstico y plan con una extensión que se amplia de forma significativa.

    Incumplir con la LOI puede suponer sanciones económicas de hasta 187.515€ además de no poder acceder a la contratación pública tal como establece la Ley de Contratos del Sector Público.

    Las empresas que cuenten con una plantilla inferior a 50 personas trabajadoras pueden realizar un diagnóstico y diseño del plan de igualdad.

    Cómo implantar un Plan de Igualdad

    1. Iniciativa

    Adquisición del compromiso firme de la dirección de la entidad en el establecimiento de políticas igualitarias. Asesoramiento para la formalización del mismo, firma, publicidad y comunicación a la plantilla.

    2. Constitución de la Comisión negociadora del PDI

    Asesoramos a la entidad en la configuración de la comisión negociadora del plan de igualdad atendiendo a los criterios de paridad, proporcionalidad y composición equilibrada que marca la normativa.
    Proporcionamos toda la documentación necesaria y te asesoramos en los trámites: solicitud de certificado de representatividad sindical, promoción, comunicación y apertura de negociación del plan con los sujetos legitimados para ello, redacción de actas, reglamentos, etc.
    Además, al inicio del proceso, impartimos formación en materia de igualdad a la comisión negociadora, en modalidad presencial, semipresencial u on-line.

    3. Diagnóstico de situación

    Realizaremos la recogida y análisis de datos cuantitativos desagregados por sexo e información cualitativa de todas las materias que establece la nueva normativa:
    encuestas a la plantilla y entrevistas a dirección y mandos intermedios.
    Redacción del informe de diagnóstico aplicando la perspectiva de género, estableciendo conclusiones e incluyendo la Auditoria Salarial (con la valoración de puestos de trabajo).

    4. Plan de Igualdad

    Elaboramos el Plan de Igualdad adaptado a la normativa vigente, y os acompañamos en todo el proceso, definiendo objetivos, medidas, indicadores, responsables, calendario de trabajo, recursos, así como el sistema para su revisión, seguimiento, evaluación y control.

    5. Registro

    Asesoramos a la entidad para el registro del plan en el REGCON (redacción de documentos de solicitud, acompañamiento en el trámite, subsanaciones, etc.)

    6. Ejecución, seguimiento y evaluación

    Implantamos las medidas recogidas y aprobadas en el Plan de Igualdad, atendiendo a su programación, calendario y plazos establecidos (elaboración de protocolos de acoso, protocolos de selección, manuales y guías, registros, campañas de sensibilización, acciones formativas, etc.)
    Asistencia y acompañamiento a la comisión para el seguimiento y evaluación periódicos de su plan de igualdad (reuniones, cumplimentación de fichas, elaboración de informes semestrales o anuales, etc.)

    En Concilia2 hemos implantado más de 100 planes de igualdad, tanto en entidades públicas como privadas, de distintos sectores y perfiles. Podemos prestarles asesoramiento en todo lo relacionado al cumplimiento de la LOI y la asistencia técnica necesaria en la elaboración de su Plan de Igualdad.

    Algunos de nuestros clientes

    Email: info@concilia2.es
    Teléfono: 967 24 00 56
    Fax: 967 22 33 69