Tenemos claro qué medidas de seguridad, higiene o de espacios deben cumplir las empresas. Pero, ¿tenemos tan claro qué mira la Inspección de Trabajo sobre Igualdad?
Inspección de Trabajo, un aliado de la Igualdad
Aunque su nombre puede asustar a algunos, lo que está claro es que si en la empresa o institución se hacen bien las cosas poco hay que temer. Los y las inspectoras de Trabajo son funcionariados que velan porque se cumplan las normas. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS), oficialmente Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, es un servicio público establecido como organismo autónomo del Gobierno de España al que le corresponde ejercer la vigilancia del cumplimiento de las normas del «orden social» y exigir las responsabilidades pertinentes.
Menos conocido es su papel en el asesoramiento, la conciliación, la mediación o el arbitraje en caso de conflictos laborales. Sin olvidar que también es una herramienta para alcanzar la igualdad en el ámbito laboral. Entrando en materia, debemos saber qué mira la Inspección de Trabajo sobre Igualdad.
Objetivos en cuanto a Igualdad
Cada año aumentan las legislaciones en materia de Igualdad. Y es que no es, ni mucho menos, un asunto secundario en lo laboral. Por eso, cada vez, las Inspecciones de Trabajo buscan más asegurar que se cumplan estas medias para lograr acabar con la discriminación en el empleo, sus oportunidades o problemas como la brecha salaria. En concreto, en el Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 2021-2023 se establecen los objetivos:
- Garantizar la Igualdad y no discriminación por razón de sexo.
- Garantizar la Igualdad y no discriminación por otros motivos.
- Consiste en reforzar el papel de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en materia de salarios.
Se intensifican las inspecciones en materia de igualdad
También establece intensificar “la campaña sobre control de planes y medidas de igualdad, así como la de discriminación retributiva, prestando especial atención a las nuevas obligaciones sobre esta materia, incluido el registro retributivo”. Continúa mencionando “las actuaciones en materia de acoso sexual y acoso por razón de sexo, prestando especial atención a la planificación llevada a cabo para prevenir y erradicar dichas situaciones”.
Por eso, los Planes de Igualdad están cada vez más presentes en sus citaciones. ¿Cómo podemos estar tranquilos y tranquilas ante una inspección? Solo hay una respuesta: cumpliendo la normativa. Así, no solo evitaremos problemas o sanciones, sino que estaremos contribuyendo a tener una empresa más equitativa y libre de discriminación sexista.
Planes de Igualdad
Desde el Real Decreto-ley 6/2019, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, se plantea la obligación de contar con un Plan de Igualdad. Primero fue para empresas de más de 150 personas en plantilla. Luego, entre 100 y 150 y finalmente, para las mayores de 50, desde el pasado marzo de 2022. Además, tu empresa deberá tener un Plan de Igualdad si el convenio colectivo lo exige o cuando este se plantee como contrapartida a una sanción.
Por eso, uno de los puntos qué debe mirar la Inspección de Trabajo sobre Igualdad son estos planes. Según el art. 13.3.a de la Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, se establece que los inspectores podrán “requerir información, solo o ante testigos, al empresario o al personal de la empresa sobre cualquier asunto relativo a la aplicación de las disposiciones legales, así como a exigir la identificación, o razón de su presencia, de las personas que se encuentren en el centro de trabajo inspeccionado”. Pero la inspección debe ir mucho más allá.
Registro Retributivo y salarial, ¿qué te pueden pedir?
Desde Inspección de Trabajo y siempre con el objetivo de asegurar que la ley se cumple, pueden requerir cierta documentación sobre los pasos que ha dado la empresa por la igualdad. Algunos de los más comunes que podría mirar la Inspección de Trabajo sobre Igualdad serían estos:
1. Poderes de representación o autorización escrita para comparecer.
2. Convenio colectivo de aplicación.
3. Plan de igualdad.
4. Justificación de si el Plan ha sido negociado con los representantes de los trabajadores (RLT).
5. Auditoria retributiva.
6. Registro salarial en formato Excel.
7. Protocolo frente a situaciones de acoso laboral y/o sexual.
Sanciones y faltas graves
La herramienta que tiene la Inspección de Trabajo para corregir una irregularidad son las sanciones. Todas ellas tienen un carácter disuasorio, con la esperanza de que las empresas prefieran cumplir la norma a enfrentarse a una sanción.
- Graves. No cumplir las obligaciones en materia de planes y medidas de igualdad. La cuantía económica puede ir desde una multa de 626 a 6.250 €
- Muy graves. Si no se ha elaborado o no se aplica el plan de igualdad, o hacerlo incumpliendo la normativa de forma deliberada. La Multa puede ir desde los 6.251 a 187.515 €.
Dentro de las infracciones muy graves por el incumplimiento del real Decreto 902/2020 de Igualdad, se establecen que son aquellas “decisiones unilaterales de la empresa que impliquen discriminaciones directas o indirectas desfavorables por razón de edad o discapacidad o favorables o adversas en materia de retribuciones”.