El viernes es 1º de Mayo y el domingo es Día de la Madre, motivo suficiente para sumar la celebración de ambas fechas y poner de relieve las situaciones de discriminación que afectan todavía, y a pesar de los logros alcanzados, a las madres trabajadoras.
Por diferentes instancias judiciales se ha estimado que constituyen discriminación por razón de sexo determinadas conductas o decisiones tomadas por las empresas cuando su origen es el estado de gestación o en el disfrute de alguno de los permisos relacionados con la maternidad: lactancia, reducción de jornada o excedencia por cuidado de menor, etc. Algunas son:
- No contratar a una trabajadora por su estado de gestante o porque no puede ocupar el puesto de trabajo desde el primer momento (por ejemplo: técnica sanitaria de rayos X).
- La negativa a transformar su contrato temporal en indefinido.
- Excluir a la madre trabajadora de una subida salarial.
- Postergar la promoción profesional de una trabajadora por sus repetidas maternidades.
- Penalizar a la trabajadora con el traslado de centro.
- Rebajar su categoría profesional (por ejemplo; de encargada a dependienta).
- No abonar el complemento de productividad tras haber disfrutado el permiso de maternidad alegando no haber alcanzado objetivos.
- Suprimir determinados complementos por encontrarse en reducción de jornada por cuidado de menor.
- Computar como absentismo una baja por enfermedad común causada por una amenaza de aborto a efectos de abonar un complemento por objetivos.
- Excluir a la gestante de la lista de candidaturas o impedir su participación en el proceso de selección.
- Aplazar la toma de posesión (acceso a la función pública) hasta el término del permiso por maternidad.
- Destituirla como miembro del consejo de dirección.
- Despedir a una trabajadora sometida a un proceso de fecundación in vitro, cuando se encuentra ya en una fase avanzada del tratamiento.
- Excluir del llamamiento a la trabajadora gestante fija-discontinua.
- No prorrogarle el contrato temporal y hacerlo a las demás personas del equipo de trabajo.
- Despedir a la trabajadora embarazada por ausencias justificadas (exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto).
- Impedir el uso de los instrumentos necesarios para el trabajo tras su reincorporación (por ejemplo, el programa contable a una administrativa).
El diseño y aplicación de un plan de igualdad en la empresa permite eliminar cualquier tipo de discriminación por razón de sexo. ¡Y las ayudas del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad para este año 2015 ya han sido publicadas este lunes en el BOE!. Hasta se podría pensar que el Ministerio ha querido hacer un regalo a las madres trabajadoras en días tan señalados …