Subvenciones municipios, cuadrillas y mancomunidades de la Comunidad Autónoma de Euskadi para planes de igualdad

Subvenciones municipios, cuadrillas y mancomunidades de la Comunidad Autónoma de Euskadi para planes de igualdad
21 diciembre 2018 Amanda Blanco López

El fin de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer es la promoción de las condiciones que faciliten la igualdad entre los sexos y la remoción de los obstáculo que impidan su plenitud de hecho y de derecho, y la eliminación de todas las formas de discriminación hacia las mujeres en Euskadi.

En este sentido, y a fin de favorecer la ejecución del Plan vigente para la Igualdad de Mujeres y Hombres en la CAPV correspondiente a cada legislatura en el ámbito local, desde esta administración se ve la necesidad de coadyuvar, a través de la concesión de subvenciones destinadas a proporcionar la asistencia técnica necesaria a municipios, agrupaciones municipales, cuadrillas y mancomunidades, para la realización de diagnósticos y la elaboración y evaluación de planes de igualdad de mujeres y hombres.

 

Objeto de la ayuda.

La convocatoria tiene por objeto conceder subvenciones a municipios, cuadrillas y mancomunidades de la Comunidad Autónoma de Euskadi, así como a las agrupaciones señaladas en el artículo 4.3 de la convocatoria, destinadas a proporcionar la asistencia técnica necesaria para la realización de diagnósticos de la situación de mujeres y hombres en el ámbito   local y/o la elaboración y evaluación de planes para la igualdad.

Entidades beneficiarias.

Podrán ser entidad beneficiaria de la ayuda, todos aquellos aquellos municipios, cuadrillas, mancomunidades o agrupaciones municipales que cumplan con los siguientes requisitos:

  • No hallarse incursa en ninguna de las prohibiciones recogidas en el articulo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, General de Subvenciones.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de la obligaciones tributarias y para la Seguridad Social, así como en el pago de las obligaciones por reintegro de subvenciones.

Este requisito lo es tanto para acceder a la condición de entidad beneficiaria como para mantenerse en ella hasta la liquidación de la subvención concedida.

En el caso de agrupaciones de municipios, la solicitud deberá contar con la autorización expresa de todos los municipios a los que vaya dirigido el proyecto, no pudiendo cada municipio solicitar por su cuenta ayuda para un proyecto similar al solicitado por la agrupación.

Actividades subvencionables.

Se subvencionaran los gastos derivados de la asistencia técnica necesaria para la realización de diagnósticos de la situación de mujeres y hombres en el ámbito local y/o la elaboración y evaluación de planes para la igualdad de mujeres y hombres en desarrollo del Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres en la CAPV desde el 1 de enero hasta el 16 de diciembre.

Esta actividad engloba la realización de diagnósticos y planes generales (que afecten a la mayor parte de la actuación municipal) como la realización de diagnósticos y planes sectoriales y/o estratégicos, incluidos los protocolos de atención a mujeres de violencia, así como la realización de sus correspondientes evaluaciones y a las ordenanzas para la igualdad de mujeres y hombres.

Se podrán sufragar los gastos ocasionados por la prestación de la asistencia técnica que se necesite para la elaboración del diagnostico o la elaboración y evaluación del plan de igualdad. En concreto los siguientes gastos:

  • Gastos de personal derivados de la ampliación del contrato de la técnica o técnico de igualdad del municipio, agrupación municipal, cuadrilla o mancomunidad o de la contratación directa de personal técnico en igualdad, con carácter temporal, para la realización de forma exclusiva del proyecto de trabajo.
  • Gastos de asistencia técnica mediante la contratación de personas y empresas consultoras.
  • Gastos derivados de medidas complementarias para eliminar las trabas que impiden la participación en el proceso de trabajo de las personas con especiales dificultades o que sufren discriminación múltiple.

En todos estos casos, las personas responsables de la ejecución de los proyectos, deberán acreditar formación especifica en materia de igualdad.

Cuantía de las subvenciones.

La cuantía de la subvención ascenderá al 75% del presupuesto presentado aprobado para las actividades para las que solicitan la subvención, y no podrá exceder por proyecto de 15.000 euros, si es presentado por un municipio, o de 30.000 euros si es un proyecto presentado por una cuadrilla, mancomunidad o agrupación municipal.

Presentación de las solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes finalizará el 31 de Enero de 2019.

Las solicitudes deberán presentarse por medios electrónicos, en la siguiente sede electrónica de euskadi. 

 

Para más información ponte en contacto con nuestro equipo experto en el desarrollo, diseño, seguimiento y evaluación de Planes de Igualdad en todo tipo de entidades, con una experiencia de más de 10 años en la materia.

0 Comentarios

Dejar una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

*