Subvenciones para proyectos dirigidos a promover la Igualdad en los municipios de la provincia de Badajoz

Subvenciones para proyectos dirigidos a promover la Igualdad en los municipios de la provincia de Badajoz
15 octubre 2018 Sonia Jaén

Con fecha 13 de septiembre de 2018 la Diputación de Badajoz aprueba las bases específicas y convocatoria de subvenciones destiandas a entidades sin ánimo de lucro con sede o delegación en la Provincia e Badajoz, destinadas a la realización de proyectos dirigidos a promover la Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres, la sensibilización y la prevención de la violencia de género o que vayan destinados a facilitar la participación social de las mujeres y superar cualquier tipo de discriminación por razón de sexo, en los municipios de la provincia de Badajoz.

Presupuesto total: 90.000 €

Importe: mínimo de 8.000 € y máximo de 20.000 € por entidad.

Actuaciones: Acciones formativas, jornadas, talleres, creación de redes, encuentros, conferencias, edición de materiales (carteles, dípticos, trípticos, manuales, folletos, revistas), así como estudios e investigaciones de género relativos a la provincia de Badajoz, entre otras.

Objetivos:

  • Informar y sensibilizar a la ciudadanía sobre la desigualdad y discriminación que sufren las mujeres
  • Informar y sensibilizar a la ciudadanía sobre los roles y estereotipos de género y de su impacto negativo.
  • Promover la adquisición de habilidades y competencias de las mujeres de todas las edades para detectar actitudes y conductas que impliquen violencia de género.
  • Fomentar el empoderamiento de las mujeres ante las diversas situaciones generadoras de desigualad, especialmente ante el desempleo, el desarrollo empresarial y la violencia hacia las mujeres.

Plazo presentación solicitud: 30 días naturales a partir del día siguiente a la pulblicación de klas bases de la convocatoria en el B.O.P.

Plazo ejecución programa: Hasta 31 de agosto de 2019.

Requisitos:

  1. Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones de la Junta de Extremadura a fecha de publicación de esta convocatoria.
  2. Tener capacidad jurídica y de obrar en España, y tener sede o delegación permanente en la provincia de Badajoz.
  3. No podrán concurrir a esta convocatoria las administraciones públicas, mancomunidades, federaciones deportivas ni cualquier otro ente participado por las mismas así como aquellos organismos cuyos ingresos principales provengan de presupuestos generales del Estado, CCAA, o ayuntamientos.
  4. Carecer de ánimo de lucro.
  5. En caso de estar incurso en procedimiento de reintegro de subvenciones anteriores, hallarse al corriente de pago de las obligaciones por reintegro derivadas del mismo. En relación al cumplimiento de las obligaciones por reintegro a efectos de la obtención de la condición de entidad beneficiaria, se considerará que las beneficiarias y entidades colaboradoras, en su caso, se encuentran al corriente en el pago de las obligaciones por reintegro de subvenciones cuando las deudas estén aplazadas, fraccionadas o se hubiera acordado la suspensión con ocasión de la impugnación de la correspondiente resolución de reintegro.
  6. Encontrarse al corriente en sus obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado y la Diputación Provincial, y con las obligaciones para con la Seguridad Social, y no estar incurso en prohibición para ser entidad beneficiaria de subvenciones.

Se permite la subcontratación de profesionales para la ejecución parcial o total del programa. Más información en info@concilia2.es

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